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09 de junio de 2023 a las 18:00
A partir del 01 de julio de este año, las empresas que operan con el uso mandatorio de este documento, que no tengan implementada la Guía de Remisión Electrónica, serán sancionadas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), por el comiso de la mercancía transportada o multa 15% del valor.
Con esto se busca contribuir a agilizar los procesos, aumentar la competitividad y promover la productividad en las estructuras de negocio, dejando de permitir el uso de documentos físicos para sustentar el traslado de bienes.
Con este anuncio, la GR tendrá varios cambios, tales como:
- La emisión de esta guía, para el remitente y en transportista, deberá realizarse exclusivamente a través del sistema de emisión de facturas del contribuyente o del portal de la SUNAT. Desde este momento, ya no será posible hacerlo desde el SEE-OSE.
- Será necesario introducir un código QR que podrá utilizarse como soporte del transporte de mercancías, en formato digital o impreso, por lo que ya no será válida la representación gráfica de las facturas como soporte del transporte.
- Habrá un nuevo tipo de documento de transporte electrónico, como entrada en curso de la Guía de Remisión por Evento, que solo podrá ser emitido a través del portal de la SUNAT para complementar a otra GR emitida previamente, en caso de eventos no imputables al emisor.
Con esto, las empresas afectadas tendrán que comenzar a adaptar sus sistemas, teniendo en consideración las sanciones tributarias en las que podrían verse expuestos de no cumplir con la normativa a tiempo.