A partir del próximo 1 de febrero de 2025, entra en vigencia el nuevo acuerdo interino de comercio entre la Unión Europea y Chile, marcando un cambio significativo en las normativas que regulan el comercio internacional entre ambas regiones. Este acuerdo establece nuevas reglas para el origen preferencial de las mercancías, reemplazando el esquema anterior y exigiendo adaptaciones por parte de los exportadores e importadores.
- Eliminación de los certificados EUR.1: Los certificados EUR.1 y las declaraciones en factura emitidas bajo el anterior Acuerdo de Asociación UE-Chile dejarán de ser aceptados como prueba de origen preferencial. A partir de ahora, las solicitudes de origen deberán basarse en una declaración de origen emitida por el exportador o en el conocimiento del importador, según corresponda.
- Obligatoriedad del número REX: Para las exportaciones desde Chile hacia la Unión Europea superiores a 6,000 euros, será obligatorio contar con un número de exportador registrado (REX). Este requisito sustituye el uso del número de exportador autorizado del acuerdo anterior.
- Responsabilidad del exportador: Los exportadores deberán garantizar la precisión de las declaraciones de origen y disponer de información detallada que demuestre el carácter originario de sus productos, incluyendo los materiales utilizados en su producción.
- Productos en tránsito o zonas francas: Las mercancías en tránsito, almacenamiento temporal o zonas francas deberán cumplir con las nuevas disposiciones del acuerdo y basarse en declaraciones de origen que acrediten su carácter preferencial.
Se recomienda a los exportadores que inicien cuanto antes los trámites para obtener el número REX y revisen los procesos internos relacionados con las declaraciones de origen. Estas medidas asegurarán el cumplimiento de las nuevas normativas y permitirán seguir aprovechando los beneficios preferenciales del acuerdo.
Para más detalles, se pueden consultar los documentos oficiales emitidos por la Aduana de Chile: la circular N°4 del 02.01.2025 y la resolución N°190 del 15.01.2025, que contienen información detallada sobre los alcances y la implementación de este acuerdo.
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